El juez de la causa resolvió que el baterista de Callejeros quede en libertad en las próximas horas. Es porque no se pudo determinar, a través de las pericias, cómo ocurrió el hecho ni tampoco descartar la versión del accidente.
Foto: Cadena3
El baterista de Callejeros, Eduardo Vázquez, fue beneficiado este viernes con una falta de mérito y quedará en libertad en las próximas horas, según resolvió la Justicia en la causa en la que está acusado por presunta tentativa de homicidio de su esposa Wanda Taddei.
La medida fue adoptada por el juez de instrucción porteño Eduardo Daffis Niklison, tras conocerse un estudio pericial a partir del cual no se pudo determinar cómo ocurrió el hecho, ni tampoco descartar la versión que aportó el músico respecto a que todo sucedió a raíz de "un accidente".
De acuerdo a fuentes judiciales consultadas, el juez tuvo en cuenta que Taddei no culpó a su esposo por las quemaduras, tal cual lo había suscripto un acta policial por dichos de una médica, sino que sólo balbuceo palabras tales como "pucho" y "alcohol".
El martes último, el juez había denegado un pedido de excarcelación solicitado por el abogado defensor Martín Gutiérrez, decisión que ahora el magistrado modificó ante la aparición de pruebas como el resultado de la pericia.
En su resolución de once carillas, el juez Niklison explicó que la falta de mérito que beneficia a Vázquez -pero que no lo exculpa- se debe a que aún faltan sustanciar más pruebas en la investigación.
"Más allá de las discrepancias existentes, fundamentalmente entre el relato brindado por el personal policial y aquél que prestara la Dra. Martínez Rodríguez, entiendo que restarán nuevas diligencias que permitan concluir en forma definitiva acerca de lo narrado por Taddei al arribar al nosocomio, tales como un eventual careo" entre el policía y la médica, sostuvo el juez.
Además, el juez aclaró que "hasta el momento" las pruebas no contradicen la versión del músico: que fue un accidente, y que su esposa se quemó al intentar auxiliarlo a él quien primero se incendió cuando el cigarrillo que intentó encender tomó contacto con la ropa rociada con alcohol.
Por otra parte, afirmó que del allanamiento realizado sobre la vivienda ubicada en la calle Pizarro 7083, donde ocurrió el hecho, "no se evidenciaron iniciadores o rastros de acelerantes distintos a lo que posiblemente haya sido alcohol".
"También precisó (el informe pericial) la temperatura a la que quema el alcohol, destacando que, al pitar un cigarrillo, se alcanza la temperatura necesaria para iniciar su combustión", agregó.
A ello, también le agregó el juez el hecho de que los profesionales del Cuerpo Médico Forense no pudieron precisar, a raíz del examen de los informes médicos de Taddei y Vázquez, cómo ocurrió el hecho.
"Como se evidencia, los elementos de prueba hasta aquí colectados, no nos permiten reconstruir lo acaecido aquella madrugada del 10 de febrero en el interior de la casa que cohabitaban Wanda Taddei y Eduardo Vázquez en forma distinta a como lo relatara el imputado en su declaración indagatoria", concluyó el juez.
"Sin embargo, tampoco se encuentran agotadas las tareas de investigación en la presente causa que permitan la emisión de un juicio de reproche", y por ello dictó la falta de mérito.
En tanto, el juez adelantó que es posible la realización de la "reconstrucción del hecho", a partir del cual se podría "arrojar luz sobre distintas circunstancias que aún hoy siguen operando como dificultades para reconstruir la verdad objetiva".
Tampoco la de realizar una nueva pericia más profunda para intentar determinar cómo ocurrió el hecho, y si pudo haber sido como lo relató Vázquez, quien desde el hecho permaneció detenido en el penal de Ezeiza.
Según el juez, lo único que queda por determinar es si el hecho ocurrió "en forma accidental tal como lo relatara Vázquez o bien como producto de un eventual accionar negligente o bien tras un accionar doloso del imputado".
La medida fue adoptada por el juez de instrucción porteño Eduardo Daffis Niklison, tras conocerse un estudio pericial a partir del cual no se pudo determinar cómo ocurrió el hecho, ni tampoco descartar la versión que aportó el músico respecto a que todo sucedió a raíz de "un accidente".
De acuerdo a fuentes judiciales consultadas, el juez tuvo en cuenta que Taddei no culpó a su esposo por las quemaduras, tal cual lo había suscripto un acta policial por dichos de una médica, sino que sólo balbuceo palabras tales como "pucho" y "alcohol".
El martes último, el juez había denegado un pedido de excarcelación solicitado por el abogado defensor Martín Gutiérrez, decisión que ahora el magistrado modificó ante la aparición de pruebas como el resultado de la pericia.
En su resolución de once carillas, el juez Niklison explicó que la falta de mérito que beneficia a Vázquez -pero que no lo exculpa- se debe a que aún faltan sustanciar más pruebas en la investigación.
"Más allá de las discrepancias existentes, fundamentalmente entre el relato brindado por el personal policial y aquél que prestara la Dra. Martínez Rodríguez, entiendo que restarán nuevas diligencias que permitan concluir en forma definitiva acerca de lo narrado por Taddei al arribar al nosocomio, tales como un eventual careo" entre el policía y la médica, sostuvo el juez.
Además, el juez aclaró que "hasta el momento" las pruebas no contradicen la versión del músico: que fue un accidente, y que su esposa se quemó al intentar auxiliarlo a él quien primero se incendió cuando el cigarrillo que intentó encender tomó contacto con la ropa rociada con alcohol.
Por otra parte, afirmó que del allanamiento realizado sobre la vivienda ubicada en la calle Pizarro 7083, donde ocurrió el hecho, "no se evidenciaron iniciadores o rastros de acelerantes distintos a lo que posiblemente haya sido alcohol".
"También precisó (el informe pericial) la temperatura a la que quema el alcohol, destacando que, al pitar un cigarrillo, se alcanza la temperatura necesaria para iniciar su combustión", agregó.
A ello, también le agregó el juez el hecho de que los profesionales del Cuerpo Médico Forense no pudieron precisar, a raíz del examen de los informes médicos de Taddei y Vázquez, cómo ocurrió el hecho.
"Como se evidencia, los elementos de prueba hasta aquí colectados, no nos permiten reconstruir lo acaecido aquella madrugada del 10 de febrero en el interior de la casa que cohabitaban Wanda Taddei y Eduardo Vázquez en forma distinta a como lo relatara el imputado en su declaración indagatoria", concluyó el juez.
"Sin embargo, tampoco se encuentran agotadas las tareas de investigación en la presente causa que permitan la emisión de un juicio de reproche", y por ello dictó la falta de mérito.
En tanto, el juez adelantó que es posible la realización de la "reconstrucción del hecho", a partir del cual se podría "arrojar luz sobre distintas circunstancias que aún hoy siguen operando como dificultades para reconstruir la verdad objetiva".
Tampoco la de realizar una nueva pericia más profunda para intentar determinar cómo ocurrió el hecho, y si pudo haber sido como lo relató Vázquez, quien desde el hecho permaneció detenido en el penal de Ezeiza.
Según el juez, lo único que queda por determinar es si el hecho ocurrió "en forma accidental tal como lo relatara Vázquez o bien como producto de un eventual accionar negligente o bien tras un accionar doloso del imputado".
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